El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha decidido anular las autorizaciones para el parque eólico A Ruña III en Mazaricos al considerar que no se realizó una evaluación ambiental adecuada e integrada del proyecto, invalidando así permisos otorgados por la Xunta.
Contexto del conflicto
Tras el pronunciamiento del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) que avaló la tramitación ambiental seguida por la Xunta de Galicia, muchos esperaban un desbloqueo inmediato de proyectos eólicos. Sin embargo, el TSXG marca la pauta y dicta su primera sentencia que rechaza las autorizaciones de un parque en Galicia, poniendo en evidencia que la tramitación legal no garantiza la validez del proyecto si falla la evaluación ambiental.
Motivo central de la anulación
La sala señala que la declaración de impacto ambiental se aplicó únicamente al parque eólico, sin contemplar la línea eléctrica de evacuación. Dado que esta infraestructura es parte esencial del sistema de generación y transporte de energía, debía evaluarse de forma conjunta para analizar los efectos sinérgicos del conjunto del proyecto.
Daños potenciales y obligaciones no cumplidas
Los jueces concluyen que el informe ambiental no analizó ni previno suficientemente los impactos en zonas próximas de la Red Natura 2000 ni presentó medidas mitigatorias adecuadas. Eso, según el fallo, vulnera principios fundamentales de la normativa ambiental tanto europea como estatal.
Implicaciones para proyectos futuros
Esta resolución establece un criterio riguroso: cualquier parque eólico deberá incluir evaluación ambiental integrada de todos sus componentes técnicos. Además, abre la puerta a que otros proyectos sean reconsiderados o anulados si adolecen de fragmentación en su análisis ambiental.
Recurso y su alcance
La sentencia no es firme, pues puede recurrirse ante el Tribunal Supremo. No obstante, el fallo ya paraliza la ejecución de A Ruña III y complica la situación para otros parques pendientes de autorización.
Evaluación: riesgo jurídico latente
Aunque el TJUE respaldó ciertos tramites administrativos usados por la Xunta (respecto a informes sectoriales y participación pública), este fallo del TSXG demuestra que cumplir los procedimientos no basta si la calidad del estudio ambiental es deficiente. La frase clave «eólico Mazaricos» queda bien posicionada con esta cobertura concreta.



